LOS DERECHOS DE AUTOR Pertenecen a un área del Derecho de la Propiedad Intelectual que protege el derecho moral del autor de toda creación literaria, artística o científica, y le reconoce el dominio sobre los derechos patrimoniales derivados de tales obras de su creación.¿CUÁLES SON LAS OBRAS COMPRENDIDAS EN LOS DERECHOS DE AUTOR?Las composiciones musicales y sus grabaciones, las cartas, atlas, mapas, folletos, fotografías, ilustraciones, libros, consultas profesionales, obras teatrales, obras plásticas, dibujos, obras cinematográficas, obras científicas, arquitectónicas, pinturas, esculturas, obras radiodifundidas y televisadas, grabados, coreografías, seudónimos literarios, planos, programas de ordenador y otros. LOS DERECHOS CONEXOSSon derechos desarrollados en torno a los derechos de autor, y de alguna manera derivados de ellos: sus titulares son los intérpretes o ejecutantes, productores de grabaciones, y los organismos de radiodifusión respecto de sus programas y grabaciones. ¿QUÉ PRIVILEGIOS COMPRENDEN?El reconocimiento moral de la autoría, y por ende la prevalencia de su voluntad frente a terceros, implica para los autores o creadores que sean ellos quienes detenten el derecho exclusivo de utilizar o autorizar a terceros la utilización de sus obras, bajo la forma de reproducción, ejecución o difusión pública, grabación, transmisión, traducción y adaptación. Comprende también los derechos patrimoniales vinculados a su obra, por periodos que suelen superar hasta 50 años la propia vida del autor, en favor de sus herederos.El dibujo animado del OMPI sobre el papel y la importancia del derecho de autor